Sintaxis

16. El pronombre personal. La correferencia. Las formas de tratamiento

16.3 Otras distinciones morfológicas en los pronombres personales

16.3a El español mantiene las distinciones de caso en el paradigma de los pronombres personales. Atendiendo al caso, los pronombres personales se clasifican en los siguientes grupos:

1. En caso nominativo o recto: yo, tú.

2. En caso preposicional u oblicuo: mí, ti, sí, conmigo, contigo, consigo.

3. En caso acusativo: lo, la, los, las.

4. En caso dativo: le, les.

5. Sin distinción entre caso acusativo y dativo: me, te, se, nos, os.

6. Sin distinción específica de caso: nosotros, nosotras, vosotros, vosotras, usted, ustedes, vos, él, ella, ello, ellos, ellas.

16.3b El grupo 1 contiene solo los pronombres yo y . Estas formas pueden ejercer la función de sujeto: De negocios, yo no entiendo nada (Ramírez, Castigo), pero también aparecer en contextos no oracionales, por ejemplo el pie de un dibujo o de una fotografía. El grupo 2 está constituido por los pronombres que muestran el caso oblicuo. Como los contextos de caso oblicuo en español son los preposicionales, los pronombres mí, ti o solo pueden aparecer como términos de preposición (sin ti, de mí, para sí, etc.):

Estaba ante mí mostrando todas sus miserias (Henríquez, Cuentos); ¡Ah, estos últimos momentos de la resolución del enigma constituyen un placer especial para mí (Somoza, Caverna); El escritor y la cantante están unidos contra ti (Volpi, Días); En el suelo, abrazado a sí mismo, fue regresando hacia sí mismo sobre una dulzura desconocida (García Hortelano, Gramática); Cuando terminó, taciturno, pasó a su cuarto, cerrando tras sí la puerta (Frías, Tomochic); En ese momento siento sobre mí el látigo (Donoso Pareja, Día).

16.3c No todas las preposiciones admiten con normalidad, sin embargo, los pronombres oblicuos. Se utilizan, por ejemplo, bajo sí y desde sí, pero no bajo mí y bajo ti, y son infrecuentes desde mí y desde ti. Son normales sin mí y sin ti, pero es muy raro sin sí (aunque se ha registrado sin sí mismo en textos filosóficos). Se ilustran a continuación algunos de estos usos:

Principios prácticos son proposiciones que contienen una determinación universal de la voluntad que tiene bajo sí varias reglas prácticas (Ynduráin, Clasicismo); La posible profundidad filosófica habla solo desde sí y para sí (Lledó, Días); No puede vivir sin mí (Steimberg, Espíritu); Solo desde mí la mirada ve lo que quiere ver (Peri Rossi, Solitario); Estaríamos muy a gusto sin ti (Ortega, Invitados); De esta suerte, el hombre del siglo xx se encuentra más solo aún; esta vez, sin mundo, sin Dios y sin sí mismo (Zubiri, Naturaleza).

Sobre las particularidades de los reflexivos tónicos, véase el § 16.4. Sobre la redundancia aparente que se percibe en oraciones como Te eligieron a ti, véase el § 16.14.

16.3d Se hace notar en el § 31.4k que los pronombres oblicuos coordinados no comparten una misma preposición en el español actual. Se dice, por tanto, para ti y para mí, pero no *para ti y mí. También se dice entre tú y yo, no *entre ti y mí. Esta restricción pone de manifiesto que el caso de estos pronombres no se extiende al grupo coordinado que constituyen, a diferencia de lo que se permitía en la lengua antigua:

La amistad que entre ti y mí se afirma no ha menester preámbulos ni correlarios ni aparejos (Rojas, Celestina); Hete presentado a tu amantísimo Hijo y puesto entre ti y mí este fiel abogado (Granada, Espirituales).

Para el análisis sintáctico de expresiones del tipo de Entre tú y yo lo solucionaremos, véanse los § 33.2h-j.

16.3e Los conglomerados conmigo, contigo y consigo, descritos en los § 16.1n y ss., sustituyen a las combinaciones (raramente usadas y, en cualquier caso, no recomendadas) con mí, con ti y con sí. Con este mismo valor se atestiguan con yo y con tú en zonas rurales de la Argentina, los países andinos, Venezuela, España (especialmente en Aragón) y algunos países centroamericanos, notablemente Costa Rica, Honduras y El Salvador. Estas expresiones no han pasado a la lengua culta y se recomienda evitarlas. Aparecen ocasionalmente en los textos que reflejan la lengua popular o la rural:

Venite si queréis con tu mama vieja y todo, a vivir con yo (Morón, Gallo); Aquello que dice usté “Catorce novios lo menos / t’hi conocido Dolores: / el que se case con tú / trabajadica te coge”, lo he oído yo hace dos veranos en las calles de San Sebastián (Beltrán Martínez, Pueblos); Si estás bravo con yo porque me salí del río, te digo que el trabajo es como la candela que cocina el barro (Buitrago, J., Pescadores); Ese placer era un placer a medias con el remordimiento de no haber permitido que hablara con yo (Palacio, Hombre).

16.3f También se documenta en el habla rural de algunas zonas de Centroamérica y Venezuela el empleo de yo y con otras preposiciones, como en ¿Vas a ir sin yo? (por ¿… sin mí?). Se registran asimismo usos de las combinaciones de yo, para yo y otras similares que no distinguen con una variante morfológica al caso oblicuo, como en ¡Pobre de yo!; Decímelo a yo, mijito; Eso no es bueno pa’ tú; Se rieron de yo. Los siguientes ejemplos ilustran estos usos, igualmente no recomendables:

A yo me da mucha lástima del paisano Venancio Rosales (Navas, Barro); A yo nunca naide me ha asariado, hasta ahora por mi leña (Echeverría, Miscelánea); Oye, chofer: anchovetas, mafias, ramera elegante que ahora, viernes noche, están llegando a hotel “Florida”, miles de miles para yo, jefe (Arguedas, J. M., Zorro); Sonidos y silencios precisos como números para yo y usted (Labarca, Butamalón).

Se utiliza como sustantivo en hablar (o tratar) a alguien de tú (‘tutearlo’), pero como pronombre en hablar a alguien de ti.

16.3g En el español clásico era conocida la expresión idiomática ponerse a tú por tú (‘insultarse, ponerse de vuelta y media’), tal vez surgida de un uso metalingüístico, que contiene igualmente el pronombre en un contexto de caso oblicuo: […] y que no se ponga conmigo a tú por tú, y me crea que estoy muy amostazada de que se haga zorrocloco y nos venda bulas (Quevedo, Cuento). En México, así como en varios países centroamericanos y del área caribeña, es hoy común ponerse al tú por tú (no *… por ti) en el sentido de ‘ponerse altanero’, pero también en el de ‘dar trato de igual a persona con la que no se tiene confianza’. Con este último significado se utiliza en más países hispanohablantes la fórmula tú por tú, sin preposición o precedida de a(l) o de, y normalmente con tratar, hablar y otros pocos verbos:

Pues ya le digo, que aquel güey se me enfrenta, se me pone al tú por tú: que quién era yo para mandar (Azuela, A., Casa); Licenciado, hágole notar, haciendo a un lado los humos del alcohol y hablándole al tú por tú […] (Martín Campo, Carreteras); Pero si uno se pone el traje de boxeador, si uno le habla al acusado de tú por tú y si uno celebra el juicio en un ring, entonces no te lo agradecen (Piñera, Ring); No vale, eso no vale… No hay que pasar por ese “usted” sin protesta… ¡Usted a su primo!… ¡Tú por tú; no faltaba más! (Insúa / Hernández Catá, Familia).

16.3h No constituyen excepción al grupo segundo (§ 16.3b) expresiones como sin yo saberlo, puesto que el término de preposición es la subordinada de infinitivo, no únicamente el pronombre yo, tal como se explica en el § 26.7g. Tampoco lo son las expresiones excepto tú, menos yo o salvo tú, puesto que excepto, menos y salvo no son hoy preposiciones, sino que se asimilan a las conjunciones (§ 31.12). Alternancias como hasta yo ~ hasta mí son el resultado natural de la oposición «adverbio–preposición». Estas dos secuencias son gramaticales, pero denotan significados diferentes, como se explica en el § 40.8k. Sobre el uso de según yo (en lugar de *según mí), véase el § 29.2e.

16.3i El grupo 3 contiene los pronombres que presentan el caso acusativo (lo, la, los, las) y el 4 los que manifiestan el dativo (le, les). Ha de tenerse en cuenta que los rasgos de caso que muestran en la actualidad los pronombres de esta clasificación no coinciden enteramente con los que poseían en latín los pronombres de los que se derivan. Proceden de nominativos latinos yo (< ego); (< tu); él (< ille); ella (< illa); ello (< illud). Proceden de acusativos me (< me); te (< te); lo (< illum y también illud); la (< illam); ellos (< illos); ellas (< illas); nos (< nos); se (< se), y de dativos, (< mihi); ti (< tibi); le (< illi); les (< illis). Como se comprueba, el pronombre me puede ser dativo en la actualidad, pero no lo era en latín. El pronombre mí, oblicuo en la lengua actual, proviene de un dativo latino.

16.3j La indistinción que caracteriza el quinto de estos grupos pone de manifiesto que los pronombres me, te, se, nos, os pueden usarse como acusativos (Me vio; Nos saludó) o como dativos (Me dio el libro; Nos retiró el saludo) y, consiguientemente, como complementos directos o como indirectos. La alternancia puede darse con el mismo verbo, como se observa en los ejemplos que siguen:

Me [complemento directo] envió, conscientemente, a la tortura y al destierro (Volpi, Klingsor); Hasta me [complemento indirecto] envió una tarjeta de recomendación para uno de los directores de la Société Générale (Bryce Echenique, Martín Romaña); Nuestra madre Durga nos [complemento directo] trajo al mundo sabiendo que aquel acto era más un servicio a la belleza que a la salud pública (Ferrero, Bélver); La mañana siguiente nos [complemento indirecto] trajo un nuevo sobresalto (Fernández Santos, Extramuros).

No suelen reconocerse rasgos de caso en los pronombres que actúan como morfemas caracterizadores de los verbos pronominales (arrepentirse). Se analizan en los § 41.13 y 41.14. El grupo 5 de esta clasificación muestra una considerable variación en español, ya que los pronombres incluidos en los grupos 3 y 4 intercambian con frecuencia sus funciones, como se verá en las secciones siguientes. El pronombre lo (pero no los) desempeña también la función de atributo, como en Fue una persona influyente, pero ya no lo es.

16.3k El grupo 6 de la clasificación anterior está formado por los pronombres tónicos que pueden desempeñar la función de sujeto (¿Hace usted deporte?), la de término de preposición (para usted, con ustedes, en él, ante vos, por nosotros…) y también las de complemento directo e indirecto (Les he visto a ustedes en la tele; Le di el libro a él, no a su hermano). Cuando ejercen estas dos últimas funciones, requieren la concurrencia de un pronombre átono en la lengua actual (§ 16.14f):

*Si eligen a usted ~ Si lo eligen a usted; *Llamaron a nosotros ~ Nos llamaron a nosotros; *Traje el regalo a vos ~ Te traje el regalo a vos.

Este fenómeno, llamado generalmente doblado o duplicación de los pronombres personales, se extiende solo a los pronombres personales tónicos que ejercen las funciones de objeto directo o indirecto, como en *Ella quiere a ti ~ Ella te quiere a ti. Se analizará en el § 16.14. Pertenecía en la lengua antigua a este grupo sexto el pronombre nos, restringido en la actualidad al plural mayestático y a los usos ceremoniales a los que se aludió en el § 16.2n.

16.3l Atendiendo a su tonicidad, los pronombres personales se dividen en dos grupos:

Tónicos: yo, tú, vos, usted, él, ella, ello, nosotros, nosotras, vosotros, vosotras, ustedes, ellos, ellas, mí, ti, sí, conmigo, contigo, consigo.

Atonos: me, te, se, le, lo, la, nos, os, les, los, las.

Algunos de los pronombres del primer grupo se asimilan parcialmente a los átonos usados en ciertas posiciones sintácticas, sobre todo si se desea resaltar otra información. Así, el pronombre yo se acerca a los pronombres átonos (desde el punto de vista informativo y tonal, no en lo relativo a su posición sintáctica) en oraciones como Yo creo que tiene razón ella, no tú. Se hace notar en el § 42.9h que en el español hablado en las Antillas suelen ser átonos los pronombres personales yo, tú, él o ella cuando aparecen entre un pronombre interrogativo y el verbo (¿Qué tú dices?), o entre algunos adverbios y el verbo (Ya tú sabes que…), lo que los acerca —en esta pauta— a los pronombres de sujeto que son siempre átonos en otras lenguas románicas, como el francés je. En estas construcciones del español antillano, el pronombre átono se aproxima a los pronombres proclíticos42.9h) en cuanto que se apoya fonológicamente en el verbo. No obstante, se ha observado que esta posición puede ser ocupada por sustantivos y grupos nominales desacentuados (no necesariamente átonos), como en ¿Qué Luisa pensará de todo esto?

16.3m Los pronombres átonos se refieren, al igual que los grupos nominales, a las personas, las cosas o los animales. El pronombre lo puede referirse también a las proposiciones, al igual que ello16.2c) y que otros pronombres neutros. Los pronombres personales tónicos están mucho más restringidos que los átonos para hacer referencia a las cosas. Así, puede señalarse a una persona entre varias diciendo Él es el responsable, pero no se usaría el pronombre ella para aludir a una opción que se destaca entre otras. No se diría, pues, Ella es razonable en este caso, sino Esta es razonable, con pronombre demostrativo, en lugar de personal. Se percibe, por la misma razón, cierto grado de personificación en expresiones como Él nos enseña que… si se aplican a un libro. El cuantificador todos anula aparentemente esta restricción (Todas ellas son razonables, dicho de varias opciones), pero ellas se comporta en esas expresiones como modificador del cuantificador, en lugar de lo contrario. Contrastan de manera análoga Él me interesó (apropiado si se aplica a un hombre, pero inapropiado dicho de un libro) con Todo él me interesó, apropiado en ambos casos.

16.3n Los términos de preposición rebajan la fuerza de esta restricción: los pronombres él, ella, ellos, ellas pueden referirse a objetos físicos. Aparecen en los complementos partitivos, que introduce la preposición de, como en Había varias opciones, pero algunas de ellas eran totalmente descabelladas. Las demás preposiciones los admiten igualmente en ciertos contextos. El pronombre él puede referirse a un informe o un paraguas en con él bajo el brazo, y ella podría aludir a una lápida o una mesa en Puso sobre ella un ramo de flores. También se refieren a seres no personales los pronombres que aparecen en secuencias como cinco nombres sin relación entre ellos o Tiene un arcón antiguo y guarda en él un sinfín de objetos inútiles. Los pronombres personales tónicos duplicados que se refieren a las cosas no se asimilan, en cambio, a este paradigma: Leí la noticia > La leí ~ *La leí a ella. Los nombres de lugar y de tiempo presentan cierta inestabilidad en lo que respecta a este punto, como se explica en el § 19.3h. Si se está hablando de una ciudad, se admite, en efecto, cuando llegué allí o cuando llegué a ella.

16.3ñ Se llaman reflexivos los pronombres personales que concuerdan con el antecedente al que se refieren dentro de algún entorno sintáctico, generalmente —aunque no siempre— oracional. Así, el pronombre me es reflexivo en la oración Yo me vi en el espejo y concuerda con yo en persona y número (de manera indirecta, también en género, aunque la diferencia no se marca formalmente). El antecedente de los pronombres reflexivos es, en un gran número de casos, el sujeto de su propia oración, si bien existen algunas excepciones que se examinarán en el § 16.4u. Por su propia naturaleza sintáctica y semántica, no pueden existir pronombres reflexivos en caso recto o nominativo, puesto que carecerían de un antecedente con el que concordar dentro de su oración. Atendiendo a este criterio, los pronombres personales se clasifican de esta manera:

1. Inherentemente reflexivos: se, sí, consigo.

2. Sin distinción de reflexividad: él, ella, ello, nosotros, nosotras, vosotros, vosotras, ellos, ellas, vos, me, te, nos, os, mí, ti, conmigo, contigo.

El pronombre reflexivo se que se menciona en el grupo 1 representa solo uno de los valores que admite esa forma pronominal. Corresponde a oraciones como La muchacha se pintaba las uñas. No es, obviamente, reflexivo el pronombre se que ejerce la función de complemento indirecto en Se lo entregó16.11j y ss.), ni el que aparece en la pasiva refleja Se aceptan donativos, o en la impersonal refleja Se {le ~ lo} espera esta noche.

16.3o El primero de estos grupos muestra que solo tres pronombres, los tres de tercera persona, son inherentemente reflexivos en español. Los demás lo son o no en función del contexto, es decir, no están marcados para esa información. Así pues, me es un pronombre reflexivo en Yo me peino, pero no lo es en Tú me peinas, puesto que no hace referencia al sujeto de la oración, que presenta distinta persona. En el mismo sentido, el pronombre él admite la interpretación reflexiva en El niño quiere este juguete para él, pero esta interpretación no es forzosa, puesto que el referente de él puede ser otro grupo nominal, distinto de el niño, que se haya introducido en el discurso previo. Si se dijera, en cambio, … para sí, … para sí mismo o … para él mismo se obtendría únicamente la interpretación reflexiva. Se analizará más adelante la aportación del adjetivo mismo a la interpretación de las oraciones que contienen pronombres reflexivos. Son reflexivos los pronombres subrayados en los textos siguientes:

Luego las niñas sacaron ropa para del armario (Sánchez Espeso, Alas); Entonces cuando tú te hayas marchado yo me meteré el cargador entero en el cuerpo (Alonso Millán, Señoras); Porque si no se gusta una a misma, no puede gustar a otros (Alba, V., Pájaro); Esas mujeres, viviendo temerosas de ser devueltas a sus países, tienen grandes sueños para mismas (Santiago, Sueño); Pienso que el mundo entero está lleno de gordas que quisieron otra suerte para ellas (Serrano, M., Vida); Además, las chicas compran poco para ellas mismas y suelen venir acompañadas por su compañero (País [Esp.] 30/5/2003).

16.3p Los morfemas que caracterizan a los verbos pronominales (me, te, se, etc.: § 41.13) se asimilan a los pronombres reflexivos aunque no desempeñen funciones sintácticas: me arrepiento; te adentras; se digna. Cuando no se usan como reflexivos, estos pronombres fuerzan la interpretación no pronominal de los verbos mencionados, si es que la sintaxis la admite. Es lo que sucede, por ejemplo, en Me levantaste de la cama (verbo transitivo levantar), frente a Me levanté de la cama (verbo pronominal levantarse). Si el verbo solo existe como pronominal, la falta de concordancia de persona entre estos pronombres y el sujeto produce oraciones agramaticales: *Me arrepientes de todo. La adición de la forma duplicada a {mí ~ ti ~ sí} mismo es admitida por las construcciones reflexivas y rechazada generalmente por los verbos pronominales. Esta propiedad da lugar a contrastes como juzgarse a sí mismo ~ *arrepentirse a sí mismo.

16.3q Me es el pronombre átono reflexivo correspondiente a yo (Yo me cuido); te es el correspondiente a (Tú te cuidas) y, en el voseo, a vos (Vos te cuidás); se es el pronombre átono reflexivo que corresponde a todos los pronombres de tercera persona (él, ella, ellos, ellas, ello) y a los pronombres usted y ustedes de segunda persona del discurso (recuérdese el § 16.1a sobre la interpretación gramatical del concepto de persona). Así pues, las correspondencias entre pronombres átonos reflexivos y pronombres tónicos son las siguientes:

yo ~ me;

~ te;

usted ~ se;

él ~ se;

ella ~ se;

ello ~ se;

nosotros ~ nos;

nosotras ~ nos;

vosotros ~ os;

vosotras ~ os;

ustedes ~ se;

ellos ~ se;

ellas ~ se.

El pronombre vos se ajusta a la pauta vos ~ te en el voseo que corresponde al trato de confianza (Vos no tenés que enojarte por eso), pero a la pauta vos ~ os en el voseo arcaizante o ceremonial (§ 16.17h), como en Si vos os dignáis darnos vuestro permiso. Cabe agregar la pauta vos ~ vos, en el español medieval, como en […] para que vos conortedes cuando tal cosa vos acaeciere (Juan Manuel, Lucanor).

16.3r En el habla popular de algunas partes del sureste de la Península Ibérica, el pronombre átono se cubre también la segunda persona en las formas de plural, por lo que se introduce la correspondencia vosotros ~ se. Se trata de un uso incorrecto que se recomienda evitar: ¿Ya se vais? por ¿Ya os vais? (recuérdese el § 16.1m en relación con la variante ¿Ya sus vais?); No se la llevéis por No os la llevéis. La oración No se la llevéis es correcta en la interpretación no reflexiva de se, como en No se la llevéis a ellos, no pertinente aquí. Tampoco es correcta la concordancia del pronombre ustedes con el verbo en la segunda persona del plural (ustedes vais). Esta variante, que ya se mencionó en el § 16.1b, es característica del español popular del occidente de Andalucía (España), y se extiende a los pronombres átonos. Se suma, pues, a la lista de pares anteriores la pauta ustedes ~ os (igualmente no recomendada): Si os calláis ustedes por Si se callan ustedes, como en Ustedes os venís con nosotros y nos veis (Vizcaíno, Caminos). En el español popular de algunas zonas de Colombia y de la Argentina, entre otras áreas, se han documentado extensiones del pronombre átono se a la primera persona: cuando se juntemos allá por cuando nos juntemos allá. Se añade, por tanto, la correspondencia nosotros ~ se, que no ha pasado tampoco a la lengua culta y que se recomienda evitar. La mayor parte de estas correspondencias se basan en un proceso que consiste en desproveer al pronombre se de sus rasgos de tercera persona y mantener únicamente en él los rasgos de reflexividad. Las construcciones reflexivas se analizarán en la sección siguiente.

16.3s Los pronombres recíprocos constituyen un subgrupo de los reflexivos en lo que se refiere a su sintaxis. Están más restringidos que ellos porque todos han de ser compatibles con el plural:

Sin distinción entre reflexividad y reciprocidad: nos, os, se.

Así, el pronombre se es apropiado en los contextos en los que se expresa reflexividad (Se escriben cartas a sí mismos) e igualmente natural en los que se manifiesta reciprocidad (Se escriben cartas entre sí; Se escriben cartas el uno al otro). Lo mismo sucede con nos (Nos miramos a nosotros mismos ~ Nos miramos a los ojos) y os (Os miráis a vosotros mismos ~ Os miráis a los ojos). El grupo preposicional reflexivo «preposición + sí mismo», como en de sí mismo, a sí mismo, etc., tiene como equivalente en las oraciones recíprocas el grupo «el uno + preposición + el otro» (el uno del otro; el uno al otro, etc.), formado con los indefinidos uno y otro: No se fían el uno del otro. Los pronombres recíprocos se analizarán en el § 16.5.

16.3t Las correspondencias entre pronombres recíprocos y reflexivos están sujetas a algunas diferencias que obedecen a sus rasgos morfológicos. Así, el pronombre no distingue género ni número, como se explicó en las páginas precedentes, pero los pronombres uno y otro admiten ambos. Como consecuencia de ello, al par que forman las oraciones Se ayudan a sí {mismos ~ mismas}, en las que solo marca el género el adjetivo mismo, corresponden varias oraciones recíprocas: Se ayudan el uno al otro; Se ayudan el uno a la otra; Se ayudan la una a la otra; Se ayudan los unos a los otros; Se ayudan las unas a las otras. Varias de estas oraciones admiten variantes sin artículo, como se explicará en el § 16.5m.

16.3u Se ha explicado en los apartados anteriores que los pronombres personales del español se agrupan de forma diferente en función de diversos criterios. Los rasgos gramaticales de cada pronombre se obtienen, por tanto, sumando los que le corresponden en cada clasificación. Así, por ejemplo, los del pronombre son los siguientes: ‘tercera persona’, ‘sin distinción de género’, ‘sin distinción de número’, ‘caso oblicuo’, ‘tónico’ y ‘reflexivo’. Cada uno de estos rasgos tiene, como se ha explicado, un reflejo gramatical diferente, a menudo con consecuencias para el significado. Se obtienen series similares para todos los pronombres mencionados en los apartados anteriores. No se ha incluido entre esos criterios la interpretación social que corresponde a las formas de tratamiento (tú, vos, usted…), puesto que los factores que intervienen en las distinciones necesarias no se suelen considerar propiamente morfológicos. Estos aspectos se examinarán en los § 16.15 y 16.17.

Información adicional

En relación con este capítulo, las siguientes entradas del Glosario de términos gramaticales podrían ser de su interés:
acusativo, caso, caso oblicuo, caso recto, dativo, pronombre átono, pronombre recíproco, pronombre reflexivo, pronombre tónico, verbo pronominal

 

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