Sintaxis

42 La modalidad. Los actos de habla. Construcciones imperativas, interrogativas y exclamativas

42.3 Los enunciados imperativos (I). Propiedades formales del imperativo. Pronombres átonos y negación

42.3a El término imperativo tiene dos sentidos: designa un modo verbal (§ 42.3 y 42.4), como en La forma verbal cantad está en modo imperativo, y también un tipo de modalidad. En efecto, la expresión Tranquilícese usted constituye un enunciado imperativo, por tanto un acto verbal con el que se solicita algo. Los enunciados imperativos (llamados a veces oraciones imperativas) contienen un verbo conjugado en modo imperativo. Poseen, como cabe esperar, sujetos que muestran rasgos de segunda persona gramatical (tú, vos, vosotros) o segunda del discurso (usted, ustedes). No obstante, se ha observado numerosas veces que se asimilan al paradigma del imperativo formas verbales que no pertenecen propiamente a él. Así, los enunciados imperativos pueden tener sujetos en tercera persona distintos de usted/ustedes (como en Pase el señor) o incluso de primera del plural (como en Digámosle la verdad). La cuestión es polémica porque unos autores consideran que el paradigma del imperativo debe ser ampliado con formas del subjuntivo, que ejercen así una doble función, mientras que otros entienden que esas expresiones no dejan de ser subjuntivas en estos nuevos usos, de modo que los enunciados que construyen no son propiamente imperativos. En la tradición gramatical se suelen llamar exhortativas las oraciones construidas de esta manera, unas veces abarcando en tal denominación las propiamente imperativas (¡Sal de aquí!) y otras excluyéndolas (Démosle una lección). Se denominan tradicionalmente optativas o desiderativas las oraciones que se forman con verbos en subjuntivo y expresan deseos del hablante, por tanto actos verbales que pueden dirigirse o no a un destinatario: ¡Ojalá llueva!; ¡Dios lo haya perdonado!; ¡Que tengan ustedes un buen viaje! En esta sección y en la siguiente se analizan todas estas construcciones.

42.3b La modalidad enunciativa a la que corresponden los enunciados imperativos es compartida por las interjecciones apelativas, que se analizan en el § 32.6. Es peculiar, en este sentido, la entonación interrogativa que recibe el enunciado, formalmente imperativo, ¿Diga?, que se emplea en España al atender el teléfono: Doña Celia está planchando unas sábanas cuando suena el teléfono. ¿Diga? —Doña Celia, ¿es usted? Soy don Francisco (Cela, Colmena). La entonación interrogativa se debe a que diga no es un verdadero imperativo, ya que se asimila a las interjecciones apelativas. Las empleadas en otras áreas lingüísticas en esa misma situación se describen en el § 32.6g. En el habla popular de algunos países se usa también ¿Mande? (imperativo del verbo mandar) con entonación interrogativa. Constituye en estos casos una expresión apelativa con la que se hace notar al oyente que no se le ha oído bien.

42.3c Desde el punto de vista morfológico, el modo imperativo se caracteriza por presentar un paradigma defectivo constituido fundamentalmente por formas de segunda persona, con sus variantes de número. No obstante, como los pronombres usted y ustedes pueden ser sujetos de los imperativos (como en Venga usted un momento), se ha considerado la posibilidad de que lo sean también otros grupos nominales. Se dedicará una sección (§ 42.4) a esta cuestión polémica. Algunas formas del imperativo coinciden con las del modo subjuntivo. Así, el imperativo del verbo venir consta de cinco formas de segunda persona y una de primera persona de plural:

Singular: ven, vení (en las zonas voseantes), venga (usted).

Plural: venid, vengan (ustedes), vengamos.

Como se comprueba en esta relación, las formas ven, vení y venid son exclusivas del modo imperativo, mientras que las otras tres son comunes al imperativo y al subjuntivo.

42.3d La última de las seis formas presentadas (vengamos) no es aceptada por todos los gramáticos como miembro de este paradigma. La controversia afecta, por tanto, a la cuestión de si se deben añadir al paradigma del imperativo las formas de primera persona de plural que incluyen al oyente en su designación y coinciden generalmente con las del presente de subjuntivo: Comamos; Vamos; Quedémonos aquí; Regalémosle algo, o las que aparecen en los ejemplos siguientes:

Vámonos, Villier, aunque tengamos que separarnos tú y yo, salgamos de aquí y dejémosla que repose (Nieva, Zorra); Si me invitaste a entrar, veámoslo todo (Donoso, Elefantes); ¡Tranquilícense todos y vayámonos a dormir […]! (Sastre, Viaje).

Aunque no se recojan en los paradigmas del imperativo, ciertos fenómenos asimilan estas formas a los imperativos en su comportamiento gramatical. El sujeto plural de comamos designa, en la interpretación pertinente aquí, el grupo de personas integrado por el que habla (o los que hablan) más el que escucha o los que escuchan. No puede referirse, por tanto, a un grupo en el que se incluye el hablante y una o más terceras personas con exclusión del oyente. El grupo de individuos que la primera persona tiene como referente es el destinatario de un mandato o una sugerencia, de manera similar a como lo es la segunda persona a la que se dirige la expresión imperativa come.

42.3e Vamos y vayamos son formas diferentes del verbo ir en el español de hoy, aunque el origen de la primera esté en la segunda (§ 4.13k). Ambas poseen rasgos de primera persona del plural: la primera, del imperativo (aunque los hablantes no reconozcan en vamos la contracción de vayamos), y la segunda, del subjuntivo. Esta diferencia morfológica apoya igualmente la distinción de ambos modos en los casos que se examinan: Vamos [imperativo] ~ Vayamos [subjuntivo] al grano. A la vez, esta diferencia saca a la luz la debatida cuestión de si la primera persona del plural es compatible con el imperativo en algún contexto. Se retomará esta polémica en los apartados que siguen. El imperativo se diferencia de las demás formas personales del verbo en que admite pronombres enclíticos, en lugar de proclíticos (§ 17.6c). Así, cuando la forma de primera persona de plural digamos se usa en oraciones declarativas, acepta pronombres proclíticos (para que le digamos la verdad); pero cuando se usa en los enunciados imperativos, solo admite pronombres enclíticos (Digámosle la verdad), en lo que coincide con los imperativos propios: dime, dadnos, leámoslo. Las formas de subjuntivo de los verbos pronominales (vayámonos, de irse), se conjugan también con pronombres enclíticos usados en estos enunciados. Las demás formas en subjuntivo empleadas en contextos ilocutivos se construyen igualmente con pronombres enclíticos (Repárese en ello; Ténganlo por cierto), salvo si están encabezadas por las partículas que (¡Que lo traigan! ~ *Que tráiganlo) y no (No lo hagas ~ *No hágaslo). Al igual que otras expresiones ilocutivas, los imperativos rechazan sistemáticamente la subordinación: Quiero que {*ven ~ vengas}. Las formas subjuntivas que se les asimilan, en los contextos directivos adecuados, lo hacen también: Deseo que {se repare ~ *repárese en ello}.

42.3f Solo una de las interpretaciones de la primera persona de plural es compatible con los enunciados imperativos. Como se explica en el § 16.2q, el pronombre de primera persona del plural (nosotros/nosotras) puede designar a varios hablantes, pero también al que habla o los que hablan más una o varias personas ausentes (yo + él; yo + ellos; nosotros + él; nosotros + ellos, etc. ), así como a uno o varios hablantes más el que escucha o los que escuchan (yo + tú; yo + usted; yo + vos; yo + ustedes; nosotros + tú; nosotros + usted; nosotros + ustedes, etc.). Cualquiera de las variantes descritas en la segunda interpretación, frente a las correspondientes a la primera, es posible en los enunciados imperativos, puesto que solo en ellas intervienen los participantes en el acto verbal. Así pues, la interpretación de digamos en cuando le digamos la verdad es más abierta que en Digámosle la verdad: aquella puede incluir o no al oyente, mientras que esta última lo incluye necesariamente.

42.3g Las formas del imperativo pueden ser exclusivas (en el sentido de no compartidas por ningún otro tiempo o modo), o bien compartidas (también subrogadas, en la terminología de algunos gramáticos), es decir, comunes al subjuntivo. Así, las tres primeras de las cinco formas de imperativo del verbo venir son exclusivas, mientras que las otras dos son compartidas:

Ven: segunda persona del singular correspondiente a .

Vení: segunda persona del singular correspondiente a vos.

Venid: segunda persona del plural correspondiente a vosotros/vosotras.

Venga: segunda persona del singular correspondiente a usted.

Vengan: segunda persona del plural correspondiente a ustedes.

La sintaxis de los enunciados imperativos pone de manifiesto que la forma vengamos (primera persona del plural en la interpretación en la que se incluye al oyente) se asimila a estas últimas. En el § 4.13 se explica que tienen imperativos propios para la segunda persona del singular tuteante (es decir, formas verbales no compartidas por otras unidades de su paradigma) los verbos decir (di), hacer (haz), ir (ve), poner (pon), salir (sal), ser (), tener (ten) y venir (ven), a los que se suman sus derivados cuando los poseen (componer, convenir, rehacer, retener, sobresalir, etc.). Se analizan allí otros aspectos de este reducido paradigma.

42.3h Se observó en los apartados precedentes que las formas verbales del modo imperativo no tienen pronombres proclíticos, sino enclíticos: dígame, escríbanlo, guárdenselo, pónmelo. Este hecho suele relacionarse con la carencia de flexión temporal, en lo que el imperativo coincide con el infinitivo. Aun así, este análisis es polémico, y choca, además, con la idea tradicional que asigna el tiempo presente al modo imperativo. Se retomará esta cuestión en el § 42.3r. La lengua antigua admitía infinitivos con pronombres proclíticos: Ofreçiose a lo demandar (Cifar), que también se usan ocasionalmente en el asturiano actual (para no lo fastidiar: § 16.7h). En el español medieval se registran asimismo imperativos con pronombres proclíticos:

Las manos le besad (Cid); Amos me dat las manos (Cid); Es dentro el veneno dalla le sacad / con purgas (López Villalobos, Sumario); Siempre, siempre me mandad, / que aquesto estoy desseando (Encina, Mingo).

No se documentan en la actualidad imperativos en -d con pronombres proclíticos. En cambio, en algunas variantes de la lengua popular de España se registran estos pronombres con las formas en imperativo que coinciden con las del paradigma del subjuntivo: Me ponga un kilo de manzanas; Me lo repita; Se sienten (por Siéntense). Se han atestiguado construcciones similares en el español popular o en el rural de las áreas chilena y rioplatense con formas de primera persona del plural (Nos sentemos por Sentémonos). Todas estas expresiones están desprestigiadas. Se recomiendan, pues, en su lugar las variantes con imperativos y pronombres enclíticos: Póngame un kilo de manzanas; Repítamelo; Siéntense; Sentémonos. No se asimilan a los imperativos las formas del subjuntivo que caracterizan las oraciones desiderativas encabezadas por la conjunción que, por lo que no hay irregularidad alguna en Que me lo repita, Que se sienten, etc.

42.3i Los pronombres enclíticos que se añaden a las formas del imperativo coincidentes con las de subjuntivo suelen presentar algunas restricciones. Las formas imperativas admiten varios pronombres enclíticos (dímelo, envíenselo), pero es muy raro que lo hagan si uno de ellos es un dativo ético (§ 35.7r y ss.). Se dice, pues, Cáete y No te caigas, pero, junto a No te me caigas, es inusitado Cáeteme, incluso en los imperativos condicionales coordinados, que se estudiarán en este mismo capítulo. Junto a No te nos pongas nervioso, que nos caeremos todos, raramente se dice Póntenos nervioso y nos caeremos todos. Los dativos simpatéticos no parecen estar sujetos a esta restricción: Agárrenmelo. Sobre las variantes con -n final, muy desprestigiadas (márchesen, siéntesen), véase el § 4.4l.

42.3j El español medieval y el clásico conocieron un proceso de metátesis —sumamente extendido, según muestran los textos— en los imperativos que contenían pronombres enclíticos de tercera persona, como en dalde por dadle o dezilde por dezidle:

Después de la vuestra muerte nunca Dios me dé honra ni señorío, y éste que a mí me dais dalde alguno de vuestros hermanos, que yo no lo tomaré ni lo he menester (Rodríguez Montalvo, Amadís); A Teodoro contalde por difunto (Lope Vega, Perro); No haya más —dijo Dorotea—: corred, Sancho, y besad la mano a vuestro señor y pedilde perdón, y de aquí adelante andad más atentado en vuestras alabanzas y vituperios (Cervantes, Quijote I); Volveos, cobardes, servildos / como esclavos pues no sois / como hombres para vencerlos (Tirso Molina, Lealtad).

La metátesis se ve aquí favorecida por la búsqueda del menor esfuerzo articulatorio, puesto que se tiende a evitar la separación silábica entre una consonante oclusiva en posición de coda y una lateral en posición de arranque silábico. Desde el punto de vista gramatical, suele decirse que estas construcciones con metátesis presentan un problema morfofonológico que afecta también a la sintaxis, ya que contienen un pronombre átono al que no corresponde ningún segmento morfológico. En cualquier caso, parece existir acuerdo en que tales alternancias ponen de manifiesto que ciertos procesos de metátesis no alteran la conciencia que los hablantes puedan tener de los morfemas.

42.3k La -d final del imperativo de segunda persona de plural en parte del español hablado en España desaparece cuando se agrega el pronombre enclítico os (marchaos, haceos, poneos, arrepentíos; en este último quizá para evitar la confluencia con el participio). Como en otros casos, también aquí es frecuente en el coloquio sustituir la -d por una -r. Los textos que reflejan el habla coloquial muestran estos usos:

Bien, ahora poneros a escribir (Asenjo, Días); Venid, sentaros junto al fuego (Savater, Juliano); Eso es, haceros los dormidos. Como si no os conociera bien (Arrabal, Cementerio).

En los registros más formales se recomiendan las opciones sin -r: Poneos a escribir; Sentaos junto al fuego, etc. Véase también el § 4.4k. Sobre el imperativo de ir, recuérdese lo consignado en los § 4.13i, j.

42.3l Se funden en una sola las dos eses que entran en contacto cuando un imperativo de primera persona del plural (digamos) admite el pronombre enclítico se. Se escribe, pues, digámoselo en lugar de digámosselo (opción que no se recomienda). Sin embargo, se ha comprobado experimentalmente que —aunque la grafía no la muestre— la /s/ que corresponde a este segmento es más larga que la que aparece en ausencia de solapamiento (como en tómaselo).

Preguntémoselo al hombre fuerte de este país que está en la calle, en el taller, en la fábrica (Ramírez, Alba); En 1795 quiso repetir la proeza que le había valido aplausos el año anterior; pero dejémoselo contar al propio Pedro Romero (Tapia Bolívar, Historia); Así es, tío Juan, agradezcámoselo a él, que yo en nada he intervenido (Alcalde, Escenas).

42.3m Como se explicó en el § 4.4j, desaparece también la /s/ final de estos imperativos ante el pronombre enclítico de primera persona del plural nos: callémonos (no callémosnos); atengámonos (no atengámosnos); vámonos (no vámosnos); vayámonos (no vayámosnos):

Apresurémonos a decir que las cosas no pasaron así (Vasconcelos, Proconsulado); Hermanémonos cediendo cada cual un poco. Unámonos para resucitar a Calixto a su primera vida (Martínez Salguero, Combate); Dejémonos, pues, de metáforas y vayamos a los hechos (Martín Vigil, Defensa).

Las formas incorrectas a las que se alude se han documentando en el habla popular de amplias áreas, tanto en el español europeo como en el americano:

Dama: Recuerda el protocolo. a. a.: Lo recuerdo. Faltan las frases del antemorir. Dama: ¡Apresurémosnos! (Riaza, Retrato); Finalmente expresó: “Unámosnos hombres, pueblos y naciones amantes de la paz (Prensa [Arg.] 30/4/1992); Luego es inútil. Dejémosnos de pamplinas (Mundo [Esp.] 4/5/1994).

42.3n Se observa en el § 1.7a que los procesos de silabeo son sensibles en español a la estructura morfológica de las palabras, de modo que el segmento -bl- comparte sílaba en la palabra sublime, pero no suele hacerlo, en sublunar. En esta última voz existe, en efecto, conciencia de la condición de prefijo de sub-. La adición del enclítico le(s) a los imperativos acabados en -l daría lugar al grupo -ll-, que representaría excepcionalmente una lateral alveolar alargada, en lugar de un segmento palatal. Por esta razón se suelen evitar construcciones como *Salles al paso y se prefiere evitar el imperativo, como en Les sales al paso. Cuando una forma imperativa termina en -n, esta consonante no se superpone a la inicial del pronombre nos en enclisis: ponnos, pero no *ponos; mantennos, pero no *mantenos. En algunas expresiones que muestran el tratamiento de respeto, la superposición podría dar lugar a la confusión de formas del singular del imperativo con las del plural. Se distingue hágannos de háganos (hága-nos), y póngannos de pónganos (pónga-nos), como se observa en los siguientes ejemplos:

Cuanto antes hágannos llegar sus lugares a donde se les pueden enviar sus reconocimientos (CREA oral, México); Arránquese, háganos vivir y sufrir (Delgado Senior, Sub-América); gannos si existe un inversionista que invierta en un país en estado de excepción (Universal [Ven.] 18/5/2001); Segundo, díganos, ¿qué se siente ante una situación así? Háblenos con el corazón (Pedrero, Pasamanos).

La doble opción que permite nos en los imperativos de segunda persona (haced-nos ~ hágan-nos) es rechazada por os. Se dice, por tanto, haceos (opción paralela a haced-nos), pero tiende a rechazarse hágan-os usada en el sentido de hágan-nos.

42.3ñ Como en otros casos, los pronombres enclíticos contenidos en los enunciados imperativos pueden ser reflexivos (Péinate) o no (Péiname). No obstante, los de segunda persona están más restringidos en los enunciados imperativos que en los demás, puesto que solo admiten en ellos usos reflexivos. Así, te es reflexivo en Péinate; se lo es en Péinense y os adquiere el mismo valor en Peinaos. Sin embargo, estos pronombres tienden a rechazarse en las construcciones imperativas. Si bien resulta natural decir cuando os traigamos los regalos, es agramatical la variante *Traigámosos los regalos (con imperativo). En el modo indicativo se produce la caída de la -s- (suplicámoos), muy rara en el subjuntivo (supliquémoos). En el mismo sentido, es natural decir en caso de que te hagamos una fiesta, pero la lengua tiende a rechazar *Hagámoste una fiesta, enunciado imperativo con primera persona del plural que abarca al oyente en su designación. Cabe pensar que la anomalía de esta secuencia guarda relación con la llamada reflexividad parcial, que el sistema gramatical rechaza. En efecto, como se explicó en el § 42.3f, la interpretación imperativa solo se admite en la primera persona del plural (cantemos) cuando la referencia del sujeto abarca al hablante y al oyente. El sujeto tácito (nosotros) de Te haremos una fiesta no incluye al oyente, pero hagamos ha de incluirlo para que pueda formar parte de un enunciado imperativo. Al añadirle un pronombre enclítico de segunda persona (os) se produce una situación de reflexividad parcial, similar en parte a la que se obtiene en construcciones irregulares como *Nos compré los billetes de tren, que se analizan en el § 16.4g.

42.3o La forma pronominal les está sujeta a la misma restricción cuando se usa como pronombre de segunda persona correspondiente a ustedes, lo que hace pensar que la naturaleza de esta restricción es semántica. En efecto, este pronombre se utiliza para referirse a la tercera persona Les dije la verdad (‘a ellos, a ellas’) o a la segunda del discurso Les dije la verdad (‘a ustedes’). Recuérdese que usted/ustedes son pronombres de segunda persona desde el punto de vista discursivo, pero de tercera desde el punto de vista sintáctico, como se explica en el § 16.1b. Las oraciones imperativas que se describieron arriba solo admiten la primera de estas dos posibilidades, es decir, que les se refiera a tercera persona. En Digámosles la verdad se entiende ‘a ellos, a ellas’ no ‘a ustedes’, aun cuando el plural no incluya al oyente y designe a un grupo de hablantes. Compárese con cuando les digamos la verdad (‘a ustedes’ o ‘a ellos, a ellas’).

42.3p El adelantamiento de los pronombres enclíticos se da en las perífrasis verbales que admiten el imperativo (Termina de escribirlo > Termínalo de escribir) siempre que no lo rechacen otros modos y tiempos verbales (Deja de repetírmelo > *Déjamelo de repetir). Es esperable la irregularidad de *Córrelo a averiguar (frente a Corre a averiguarlo) porque correr es un verbo de movimiento. El pronombre átono que se le adjunta de forma anómala corresponde, pues, a una cláusula final introducida por la preposición a. Estas construcciones se analizan en el § 46.8. Aunque ir y venir aceptan la anteposición interpretados como verbos de movimiento (§ 28.1i), son anómalos en las formas del imperativo no coincidentes con las de subjuntivo: *Velo a ver, *Venla a visitar (cf. Váyanlo a ver, Vénganla a visitar).

42.3q Se percibe en casi todos los países hispanohablantes cierta alternancia entre el uso del infinitivo y las formas del paradigma imperativo en carteles y rótulos, en los que puede leerse Pase sin llamar o Espere en esta línea, junto a No fumar (más raramente No fume o No fumen); No estacionarse; No aparcar (raramente No estacione, No aparque o No aparquen). En la España meridional y en varias zonas de América —entre ellas, parte de Centroamérica y del área rioplatense— se usan en infinitivo los verbos pronominales como formas imperativas dirigidas a dos o más interlocutores, como en los siguientes ejemplos:

Autoritario, se impuso el alcalde: ¡Callarse! (Fernán Gómez, Viaje); ¡Silencio! ¡Sentarse y escuchar! (Guillén, N., Son); Rudolf sale hacia el frente. Steiner saca mapas y papeles. ¡Acercarse, todos! (Cossa, Compadritos).

Estos infinitivos imperativos se evitan en los registros formales, en los que se prefieren las formas Cállense; Siéntense; Acérquense; Callaos; Sentaos; Acercaos. Se recomienda evitar en la lengua escrita expresiones como ¡Venir a echarme una mano!, en lugar de ¡Venid (o Vengan) a echarme una mano!, o ¡Darle lo que os pida!, en lugar de ¡Dadle lo que os pida! o ¡Denle lo que les pida! El infinitivo se usa a menudo en fórmulas de sentido exhortativo en la comunicación escrita informal: No contestar por correo electrónico; Revisar el contenido periódicamente, etc. y también en otras variantes de la lengua escrita, por ejemplo los textos escolares: Ordenar alfabéticamente las siguientes palabras; Resumir el texto que aparece a continuación. Estas expresiones se suelen considerar poco apropiadas en otros registros formales.

42.3r Como se adelantó en los apartados anteriores, se cuestiona si debe reconocerse o no el tiempo presente (o, más sencillamente, un tiempo verbal) en el paradigma del imperativo (dime, ven). Estas formas verbales aparecen modificadas muy a menudo por adverbios y grupos preposicionales de significación prospectiva (Ven mañana; Vuelva usted por aquí dentro de un año). Cuando se usan con otros vinculados al presente (Ven ahora mismo), el imperativo no deja de tener significación prospectiva. En el español coloquial europeo se usan con frecuencia infinitivos compuestos o de perfecto con valor ilocutivo, como en ¡Haber venido! o ¡No haberlo hecho!:

—Vimos la vía y el pesebre y pensamos… —Pues no haber pensado, les replicaron (Mendoza, Ciudad); Carmiña: Pues de lo malo lo menos, que el sábado pasado te pusiste en lucimiento con los cuatro ramajos que trajiste. Susa: Haberlos traído tú en vez de tanto soltar quejas, Carmiñina (Lázaro, Humo); No haber venido, hombre (García Hortelano, Mary Tribune).

En el español americano es más común el pluscuamperfecto de subjuntivo (§ 24.2v), como en Hubieras venido; Lo hubieras traído; No lo hubieras hecho. Esa opción es también la que muestran muchos textos literarios del español europeo y la que se usaba en la lengua clásica:

—¡Pues hubiera empezado por eso, Santa Bárbara! (Galdós, Episodios); —¿Y vos, ónde fuiste? —Anduve paseando… —Hubieras convidado —dijo Hilario (Asturias, Hombres); ¡Lástima! Hubieras avisado antes y te sentabas a morfar con nosotros (Pavlovsky, Galíndez); Hubieras callado, Elena (Montaño, Cenizas).

42.3s Las formas de sentido imperativo mencionadas en el apartado anterior poseen varias propiedades gramaticales. Por un lado, no pertenecen al paradigma morfológico del imperativo; por otro, no constituyen órdenes ni sugerencias, puesto que no es posible pedir que se lleve a cabo alguna acción en el pasado. Aun así, coinciden con los imperativos en que poseen valor ilocutivo. Los infinitivos de perfecto no se usan al comienzo del discurso, sino como recriminación o reconvención dirigida al oyente —unas veces amable y otras menos cortés— una vez que se ha puesto de manifiesto que este obtiene algún perjuicio por haber hecho algo inconveniente o por haber omitido alguna acción que le correspondía realizar: ¡Haber venido!; ¡No haberte ido!; ¡Haberos preocupado! Son además, construcciones contrafácticas o contrafactuales, ya que presuponen que tuvo lugar en el pasado el estado de cosas contrario al que expresan: ¡Haber venido! implica, en efecto, ‘No viniste’; ¡No haberte ido! implica ‘Te fuiste’ y ¡Haberos preocupado! ‘No os preocupasteis’. De hecho, estas oraciones admiten paráfrasis con oraciones condicionales irreales (Si no te hubieras ido…; Si os hubierais preocupado…). Las construcciones análogas con pluscuamperfecto de subjuntivo (Me hubieran avisado; No te hubieras demorado tanto) son igualmente contrafácticas, por lo que están sujetas a las mismas inferencias.

42.3t Los imperativos negados se forman con el paradigma del subjuntivo:

Ven, no temas a la muerte (Jaramillo Agudelo, Cartas); Ustedes ya no digan ni una palabra más (Lara, Charras); ¡Tomás, por la Virgen de Guía, no salgas esta noche! (Balmori, Cuentos); ¡No me molesten, déjenme tranquila! (O’Donnell, Vincent).

Casi todas las formas exclusivas (§ 42.3g) del paradigma imperativo rechazan la negación: Entra tú ~ *No entra tú ~ No entres tú; Llamá vos ~ *No llamá vos. La pauta No hablad, creada por ultracorrección, se documenta ocasionalmente en textos españoles antiguos y modernos, pero se considera hoy incorrecta y se recomienda evitarla:

Atended al tiempo y no quered perder el rocín y las manzanas (Estébanez Calderón, Escenas); No habed miedo de no tener sitio (Palacio, Ahorcado); La cruz. No llorad ninguna. / El Amargo está en la luna (Lorca, Cante); Venga, no tened mala idea (García Hortelano, Mary Tribune).

42.3u Son anómalas, y no se registran, las combinaciones: *no ven, *no di, etc. Así pues, en todos estos casos se elige para el valor correspondiente al imperativo negado la forma de segunda persona del presente de subjuntivo: no comas, no digas, etc. Esta generalización se extiende a los pronombres y adverbios negativos: Nada le digáis (pero no *Nada decidle); Nunca tengas (no *Nunca ten) miedo; Tampoco te preocupes tanto. El subjuntivo no subordinado que aparece en estas oraciones está inducido por la negación. La relación sintáctica que existe entre la posición preverbal de estos pronombres y adverbios negativos (Nadie vino) y los que ocupan la posición posverbal (No vino nadie) se analiza en el § 48.3. Se recomienda evitar el empleo del infinitivo precedido de no como forma de imperativo: No hablar de eso (por No hablen de eso o No habléis de eso). No hay imperativo, en cambio, en ¡Ni hablar! y otras secuencias análogas que constituyen fórmulas de rechazo ya acuñadas (§ 32.7p y ss. y 48.13r). Sin embargo, se aceptan más fácilmente estas expresiones imperativas formadas con infinitivos cuando se dirigen a interlocutores no específicos, como sucede en carteles y rótulos:

Y era una casa tan pequeña, que parecía una de esas casetas donde se encierran los transformadores de la electricidad y en cuya puerta hay una placa con una calavera: “No tocar, peligro de muerte” (Jiménez Lozano, Grano); No es lo mismo “no fumar” que “prohibido fumar”, que “se ruega no fumar”, etc. (Castilla, Psiquiatría 1).

42.3v El hecho de que la morfología del imperativo sea incompatible con la negación (con las excepciones mencionadas en el § 42.3t) ha recibido entre los gramáticos varias explicaciones orientadas en direcciones diferentes. El fenómeno obedece para unos a razones morfológicas y sintácticas, pero para otros la incompatibilidad tiene causas semánticas. Los imperativos son formas híbridas desde el punto de vista morfológico. En sentido estricto, no poseen rasgos temporales, a pesar de que se relacionan con situaciones prospectivas o no factuales. A esta ausencia de rasgos temporales atribuyen algunos autores el que rechacen los pronombres proclíticos y también la negación, con las excepciones que se han señalado. Se asocian a veces con el tiempo presente, como los demás verbos realizativos, pero este análisis se ha criticado con el argumento razonable de que este tiempo no puede contrastarse con otros. Los imperativos poseen rasgos de segunda persona. Son, por tanto, formas personales, aunque su paradigma sea defectivo. Sin embargo, se diferencian de las demás formas personales en que no admiten los pronombres proclíticos en la lengua actual, como se vio en los § 42.3e, h: Lo comió ~ *Lo comed. Se ha relacionado esta última propiedad con la irregularidad de *No comed.

42.3w Otros autores entienden que la incompatibilidad de las formas imperativas con la negación tiene base semántica, más exactamente que ha de relacionarse con el hecho de que los actos verbales negados pierdan su naturaleza ilocutiva. Como se vio en el § 42.2v, si un padre le dice a su hijo Te prometo llevarte al cine mañana, le hace una promesa; pero si le dice No te prometo llevarte al cine mañana, no le hace una promesa negativa, sino que deja de prometerle alguna cosa. Del mismo modo, el valor ilocutivo de ordeno se pierde en No te ordeno venir. Ahora bien, la morfología del imperativo está asociada inherentemente con la significación ilocutiva (en este caso, directiva), de manera que la negación (*No leed esto) no puede cancelar este valor. De tal contradicción entre las condiciones impuestas por la forma verbal imperativa y la cancelación del valor ilocutivo requerida por la negación surgiría la agramaticalidad de los imperativos negativos. Así pues, este análisis se basa en que no se puede interpretar semánticamente el concepto de ‘no orden’, derivado de dar a la negación preeminencia sintáctica sobre la elocución. Por el contrario, las formas de subjuntivo no están asociadas necesariamente con el valor ilocutivo (No leas esto) y pueden ser interpretadas como órdenes negativas, es decir, como mandatos en los que se pide la omisión de algún comportamiento. El valor ilocutivo no tendría, pues, una manifestación morfológica en estos casos, como sucede en los imperativos negativos del italiano, que se pueden formar con el infinitivo (Non cantare ‘No cantes, No canten, No cantéis’).

42.3x No hay acuerdo entre los gramáticos acerca de si la explicación última de la incompatibilidad entre negación e imperativo está en la carencia de flexión temporal, en la estructura sintáctica de esas oraciones o en factores semánticos —y en parte pragmáticos— como los señalados. Los partidarios de los análisis de base formal aducen que la morfología del imperativo en latín (Ne credĭte ‘No confiéis’) y en griego antiguo (Mē pisteúete ‘No confiéis’) no impide el uso de los imperativos negados en esas lenguas. También se registran en la actualidad imperativos negados en alemán, serbocroata o ruso, entre otras muchas lenguas, aun cuando la incompatibilidad en la que se basa el análisis semántico esbozado arriba haría pensar que esta pauta no habría de darse en otros idiomas. El análisis de base semántica tampoco explica de forma satisfactoria el hecho de que expresiones como No cantad se documenten ocasionalmente en los textos, como se explicó en el § 42.3t, mientras que otras como *No ven sean agramaticales (por tanto, no atestiguadas). En los estudios sobre el imperativo se han planteado diversas variantes de los análisis presentados esquemáticamente en los apartados anteriores.

Información adicional

En relación con este capítulo, las siguientes entradas del Glosario de términos gramaticales podrían ser de su interés:
contrafactual, (modo) imperativo, oración (de modalidad) desiderativa, oración (de modalidad) exhortativa

 

Nueva gramática de la lengua española
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