Sintaxis

16. El pronombre personal. La correferencia. Las formas de tratamiento

16.11 Secuencias de pronombres átonos

16.11a En el § 16.7 se explicó la diferencia que existe entre los usos proclíticos y los enclíticos de los pronombres átonos. También se describieron allí las condiciones morfológicas que cumplen las bases verbales para admitir pronombres enclíticos o proclíticos. Es oportuno precisar ahora que los verbos no se limitan a aceptar un solo pronombre átono. Los pronombres átonos forman a menudo grupos o conglomerados, como se lo, me las, te los, se me la, etc., que no se separan en la grafía en los usos enclíticos (dárselo), pero sí en los proclíticos (se lo daré). El orden de los pronombres átonos en estos conglomerados es muy estricto en español. Se basa, fundamentalmente, en las cinco condiciones siguientes:

A. Si el pronombre se, en cualquiera de sus valores gramaticales, forma parte de uno de estos conglomerados, ha de preceder a los demás pronombres átonos del grupo.

B. Los demás pronombres de la serie se agrupan de acuerdo con la escala 2.ª > 1.ª > 3.ª. Es decir, los pronombres de segunda persona preceden a los de primera, que a su vez preceden a los de tercera.

C. Los pronombres de dativo han de preceder a los de acusativo, salvo que ninguno de los dos distinga morfológicamente estos casos.

D. Los pronombres átonos reflexivos han de preceder a los no reflexivos.

E. En presencia de los pronombres de acusativo, los de dativo adquieren la forma invariable se si tienen rasgos de tercera persona.

Estas condiciones ordenan sintácticamente las manifestaciones de los rasgos morfológicos de los pronombres átonos. Están ordenadas, además, jerárquicamente, lo que tiene ciertas consecuencias formales que se analizarán a lo largo de esta sección. La condición A y la E constituyen particularidades morfofonológicas del pronombre se; la B afecta a los rasgos de persona; la C, a los de caso; la D, a los de reflexividad.

16.11b Las condiciones descritas se aplican por igual a los procesos de enclisis y a los de proclisis. Están bien formadas, de acuerdo con ellas, las secuencias te los (como en dártelos) o me lo/la (como en No me {lo ~ la} confundas). Algunas de las secuencias a las que estas mismas pautas dan lugar poseen distribución geográfica irregular, o gozan de prestigio diferente en las áreas lingüísticas hispanohablantes. Así, la secuencia me le, como en No me le arranquen las hojas al libro, es normal en México y gran parte de Centroamérica, pero es forma muy desprestigiada en Chile; se me lo (como en No se me lo guarde usted o en Se me lo llevó la policía) es una combinación normal en gran parte de México y Centroamérica, pero es muy infrecuente en las áreas rioplatense y chilena, así como en el español europeo, aun cuando se registre ocasionalmente en algunas variedades del habla popular. Aparecen otras secuencias de tres pronombres clíticos en estos ejemplos: Dijo que no se me lo entregara hasta las seis de la tarde (refiriéndose a un paquete o documento); Se me lo está malcriando al niño; A los alumnos se me les está haciendo mucho daño; No te me lo cases; Se me lo llevó la trampa; Se me le puso chiquito el corazón, o en los casos siguientes:

Ahora mismo se me ate codo con codo a este loco rematado, y se me le meta en la cárcel… (Clarín, Apolo); Se nos trata como queremos ser tratados; odiamos la verdad, y se nos la oculta (Zubiri, Pensamientos); Haciendo feliz pareja con mi esposo querido, hasta que se me lo llevaron, dejándome en el mayor desconsuelo (Ayerra, Lucha).

Tal como se ha indicado, no es posible alterar el orden de estas series y disponer de otra manera los elementos que las integran. Estas condiciones se aplican igualmente a las secuencias que contienen los morfemas que caracterizan a los verbos pronominales, como en Se me acercó (verbo acercarse) o en Se te cayó el paraguas (verbo caerse).

16.11c Las condiciones A y B no se aplican a todas las lenguas románicas (cf. it. Mi si disse tutto ‘Se me dijo todo’). Recuérdese que se es un pronombre de tercera persona y que 1.ª > 3.ª es un orden admisible, según B, pero la condición A tiene preferencia sobre la B. En español son incorrectas las combinaciones que omiten la condición A y asimilan la forma se a los demás pronombres de tercera persona. Construcciones como Me se cayó por Se me cayó; Te se va a derretir el helado por Se te va a derretir el helado, rechazadas por la norma culta, no son infrecuentes en el habla popular y rural del español europeo y el americano. Se atestiguan ocasionalmente en los textos que reproducen esas variedades, tal como se explica en el § 35.2g. No se documentan, sin embargo, en todos los países. En México parece darse solamente en el habla infantil o en la que la simula. En otras áreas (como la andina y la antillana, con la posible excepción de Cuba), la frecuencia de este tipo de construcciones es muy baja, incluso en el habla popular. En Venezuela se restringen estas construcciones a algunas zonas costeras y a niveles socioculturales bajos. Se documentan con mayor frecuencia, y están también desprestigiadas, en la mayor parte de los países centroamericanos, así como en el español hablado en los Estados Unidos. En Chile son frecuentes en el habla popular estructuras como Se me le cayó; Te le cayó, etc., que están estigmatizadas socialmente, hasta el punto de que se interpretan como diferenciadores socioculturales.

16.11d La condición C especifica que los pronombres de dativo preceden a los de acusativo, como en Luisa me envió el informe > Luisa me [dativo] lo [acusativo] envió, o en Te [dativo] la [acusativo] presentarán en la fiesta. Repárese en que es posible enviar, presentar o descubrir una persona a otra, de forma que el pronombre lo en la oración Me [dativo] lo [acusativo] enviaron puede designar a un individuo que ha sido enviado a otro. De modo análogo, te en Te [dativo] los [acusativo] presentarán designa el destinatario de la presentación, no la persona presentada. La condición C posee un añadido: “… salvo que ninguno de los dos distinga morfológicamente estos casos”. En efecto, los pronombres de primera y segunda persona no distinguen entre el acusativo y el dativo, a diferencia de los de tercera. Si no se añade esta condición, no es posible explicar el significado de oraciones como la siguiente:

Te mentiría si te dijera que he pasado una buena noche, porque apenas he dormido esperando la llegada del amanecer para volver a verte. Los maitines inaugurales te me devolvieron, regalo de Dios, que cuida de los inocentes (Egido, Corazón).

El significado de te me devolvieron es, en efecto, ‘Te devolvieron a mí’. Así pues, te es el complemento directo y me el indirecto, al contrario de lo que estipula la primera parte de C. De forma similar, en Te me llevarán a la guerra, se interpreta te como complemento directo de llevarán, lo que también contradice la primera parte de C.

16.11e En los § 34.8f y 35.8f se explica que los pronombres personales deshacen en estos casos la ambigüedad potencial a la que dan lugar los sustantivos y los grupos nominales. Frente a la ambigüedad que se reconoce en Me van a presentar al director (donde el pronombre me puede designar la persona presentada o la destinataria de la presentación), la oración Me van a presentar a él no resulta ambigua: él denota el destinatario de la presentación, y me designa la persona presentada. Análogamente, en la oración Me recomendaron a él se dice que soy yo la persona recomendada, mientras que en Te recomendaron a mí es el pronombre te el que representa el complemento directo. Conviene recordar, de todas formas, que a él y a mí se asimilan a los complementos de régimen en estas oraciones, tal como se señala en los apartados a los que se remite, puesto que estos grupos sintácticos no ejercen la función de objeto directo o la de objeto indirecto si no están duplicados por un pronombre átono: *Vieron a él ~ Lo vieron a él; *Preguntaron a ti ~ Te preguntaron a ti.

16.11f En general, y de acuerdo con C, suelen resultar forzadas las oraciones en las que se combinan dos pronombres átonos cuando ninguno de ellos aparece en tercera persona. Se admiten, por tanto, oraciones como Nos los recomendaron; Os lo encomendaremos; Te lo llevarán; Os las dieron; Nos las entregarán, u Os las guardaremos, pero el español de hoy rechaza otras como *Me os recomendaron (cf. Os recomendaron a mí); *Te me entregó, o *Te nos puso como ejemplo (frente a Te puso a nosotros como ejemplo), combinaciones igualmente excluidas por C. En lugar de *Te me recomendaron, se dice Te recomendaron a mí o Me recomendaron a ti.

16.11g Repárese en que es posible que algunas secuencias anómalas infrinjan más de una de estas condiciones, y también que acepten alguna posterior a la condición que infringen. Así, la oración anómala *Le me enviaron (que significaría ‘Me enviaron a él’) no contradice C, pero sí B, que es una condición jerárquicamente superior a C. En efecto, le es un pronombre de tercera persona, mientras que me es de primera persona, lo que da lugar al orden 3.ª > 1.ª, no previsto por B. En cambio satisfacen las condiciones B y C, pero son anómalas, secuencias que contienen los pronombres os o nos, en estas combinaciones, como *Os me presentarán o *Si os nos recomiendan. La lengua antigua no se ajustaba enteramente a esta pauta. En efecto, la oración ¿Adónde os me llevan? (Lazarillo) se forma con el pronombre acusativo os y con el dativo de procedencia o de origen me35.6d), lo que no contradice C.

16.11h Los morfemas de los verbos pronominales no son argumentos, pero se asimilan a los pronombres reflexivos en lo relativo a las relaciones de concordancia (§ 16.4). Así pues, el pronombre te no es el complemento directo de levantar en Cuando tú te levantes de la cama, pero concuerda con en número y persona a la manera de un pronombre reflexivo. La condición D se aplica a los pronombres reflexivos, incluidos los de los verbos pronominales. Repárese en que la secuencia te me es posible en oraciones como Te me entregaste, que corresponde al verbo pronominal entregarse. A esta oración no se aplica C, ya que te es el morfema de un verbo pronominal, y no es dativo ni acusativo. Esta oración cumple B, y también D, puesto que te es un pronombre reflexivo, como se acaba de explicar, y me no lo es. No se usan en la lengua actual combinaciones como la que ilustra el siguiente texto de Villalón:

Y como me vio dixo: “¡Ah, don traidor!, ¿pensastes os me ir? Agora me lo pagaréis”. Y diziendo esto diome tantos de palos que no pensé más vivir, y puedes creer que digo la verdad que en alguna manera me alegré pensando que me acababa ya (Villalón, Crótalon).

Sin embargo, esta combinación satisface D, puesto que está formada con el verbo pronominal irse y el dativo de procedencia u origen me (‘¿Pensasteis iros de mí?’), que no es reflexivo. Como antes, no se le aplica C porque la distinción «dativo–acusativo» no afecta a los morfemas característicos de los verbos pronominales.

16.11i La condición C se respeta en las variedades leístas. Así, los hablantes (casi nunca americanos) que en lugar de Me lo recomendaron usan la variante leísta Me le recomendaron, en la que no es posible distinguir morfológicamente ningún pronombre acusativo, entienden que el pronombre que designa la persona recomendada es le, no me, lo que se ajusta a C. No interviene, en cambio, el leísmo en alternancias como Me le acerqué ~ Me lo acerqué, que también respetan la condición C. En efecto, el verbo pronominal acercarse se construye con complementos indirectos de destino, como se explica en los § 35.1e y 35.1l, de lo que se deduce que en Me le acerqué se exprese cierto movimiento del que habla hacia alguien o algo, al igual que en Me acerqué a él. La oración Me lo acerqué, por el contrario, se construye con el verbo transitivo acercar, por lo que lo designa en ella el complemento directo y me el indirecto, de acuerdo con lo que se establece en C. Esta oración expresa, por consiguiente, la acción de atraer alguien alguna cosa hacia sí mismo. Algunos gramáticos han hecho notar que el concepto de complemento indirecto no se ajusta enteramente a los dativos de dirección. Véanse los § 35.6a y ss. en relación con estas cuestiones.

16.11j La condición E es necesaria para prever la irregularidad de *Le lo dijo, frente a Se lo dijo. A diferencia de lo que ocurrió en otras lenguas romances (fr. Je le lui donnerai ‘Se lo daré’), el grupo latino illi illud se palatalizó en el español medieval y dio lugar a la forma gelo (también ge lo), que alternó durante un tiempo con se lo35.2f). Esta forma es análoga a la del italiano glielo. Todos los pronombres dativos de tercera persona que preceden a un acusativo átono en el español actual toman la forma se. No existen, por tanto, las combinaciones *les lo, *le las y otras análogas, sino únicamente se lo, se las, etc. La pronunciación de se como [ʑe], con palatoalveolar fricativa sonora, se documentó en el español de Santo Domingo y en el de Nuevo México aún a principios del siglo xx.

16.11k No existe acuerdo entre los especialistas acerca de cuál sea la verdadera razón del paso de series como illi illud a se lo, se las, etc., en lugar de a *le lo, *le las, que nunca existieron en español. Algunos piensan que en la elección de se pudo influir la analogía con las combinaciones en las que se no es dativo (atóselo, echóselo). Otros entienden que pudo producirse un intercambio de sibilantes inverso al que se reconoce en otras evoluciones del latín al español, como en tonsorĭa > tijera, pronunciado antiguamente con palatoalveolar fricativa sonora. El cambio sería similar al que convirtió cogecha en cosecha y se trataría de una reacción hiperculta contra los casos de conversión de [z] a [ʒ], sobre todo de los procedentes del grupo -sy- (s+yod). Téngase en cuenta que una vez que se llega a la forma gelo, con prepalatal sorda, quedaban abiertas dos opciones: la velarización, que seguiría un proceso natural desde el punto de vista fonológico, pero crearía una forma pronominal aislada, y la asimilación analógica a las combinaciones con el reflexivo, que se vio facilitada por la proximidad fonética de la prepalatal con la retrofleja.

16.11l Frente al dativo le/les, el pronombre se que lo sustituye en estos grupos no posee rasgos de número (al menos explícitos). Este hecho ayuda a entender que se pase a menudo esa marca al pronombre acusativo que lo sigue. Es un proceso frecuente en la lengua de muchos países americanos: Se los dije por Se lo dije (… a ellos o … a ustedes), especialmente si el pronombre acusativo es neutro. Esta construcción se analiza en el § 35.2h.

Información adicional

En relación con este capítulo, la siguiente entrada del Glosario de términos gramaticales podría ser de su interés:
pronombre átono

 

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