CAPÍTULO VII. La ortografía de los nombres propios

3. Topónimos

3.1. Topónimos hispánicos

3.1.2. Formas cooficiales

Como se mencionó en el apartado 2.1.4, existen muchos territorios en los que el español comparte su carácter de lengua oficial con otros idiomas, situación que se ve reflejada en la toponimia.

Concretamente en España, muchos topónimos de las zonas bilingües (Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Islas Baleares y el País Vasco) cuentan con dos formas, una perteneciente a la lengua española y otra propia de la lengua autonómica cooficial. Lo natural es que los hablantes seleccionen una u otra en función de la lengua en la que estén elaborando el discurso. En consecuencia, los hispanohablantes pueden emplear, siempre que exista, la forma española de estos nombres geográficos, y transferir aquellos topónimos que posean una expresión única, catalana, gallega o vasca (v. § 3.2.2): Pasó la mayor parte del verano en Sangenjo, pero tuvo tiempo para visitar Bilbao y llegar hasta Gerona; Su familia vive en Sant Feliu de Guíxols.

     

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